Aprueban en Cuba ley de navegación marítima

La Habana, 6 jul (PL) Los parlamentarios cubanos aprobaron el proyecto de ley de Navegación Marítima, Fluvial y Lacustre en el primer período ordinario de sesiones de la VIII Legislatura de la Asamblea Nacional del Poder Popular.
Hasta la aprobación de la ley, la isla carecía de una legislación marítima «acorde a las transformaciones económicas, políticas y sociales» del actual escenario nacional, según el ministro del Transporte de la isla, César Arocha.
Según informó el titular, Cuba se rige para esto temas por instrumentos jurídicos obsoletos.
El antecedente más cercano de la norma es el  Código de Comercio español, extendido a Cuba por Real Decreto del 28 de enero de 1886.
El proyecto aprobado es el resultado de más de 15 años de trabajo entre los organismos e instituciones del Estado, de mayor vinculación a los temas referidos a la navegación marítima, fluvial y lacustre en la isla, argumentó Arocha.
Esta ley regula el régimen general de la navegación en Cuba, en su mar territorial, zona contigua, zona económica exclusiva, las aguas interiores, los ríos, lagunas y embalses; sus servicios auxiliares o conexos.
También lo relativo a la marina mercante, la de pesca y la recreativa, los buques con fines comerciales, científicos, turísticos, deportivos o recreativos, y los actos y hechos relacionados con el transporte marítimo, fluvial y lacustre.
Trascendió que Cuba sufre del reiterado abandono de buques y embarcaciones en sus costas y puertos. Se calcula que hay 250 embarcaciones en tal condición.
El ministro refirió a los diputados en el debate de aprobación que con esta norma el país pretende tomar acciones para que desaparezcan las condiciones que facilitan este fenómeno y puso ejemplo de varios casos en los que ésta práctica ha creado daños a la economía y el medio ambiente.
La ley regulará también que el salvamento de personas se realice según las normas internacionales, al igual que los convenios y tratados marítimos internacionales de los cuales es parte la isla.

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