Ley de navegación en Cuba, necesidad de estos tiempos

 

La Habana (PL) Cuando Alfonso XII, rey de España, rubricó en agosto de 1885 el Código de Comercio, estaba lejos de imaginar que luego de un siglo esta ley todavía sería el referente legal en una de sus antiguas colonias.

Un par de meses antes de que la tuberculosis zanjara la breve vida del Pacificador -como llamaban los súbditos al soberano-, la corona resolvió «meter las manos» en el trasiego de mercancía y controlar, legislación mediante, la actividad comercial y la navegación.

En Cuba, entonces colonia del imperio español, el código entró en vigor mediante decreto real y no fue hasta los años 30 y 50 del pasado siglo que otras leyes -también obsoletas- rellenaron unos pocos espacios vacíos, aunque no todos los necesarios.

A pesar de la condición insular de Cuba y la larga tradición en asuntos del mar, transcurrieron casi 127 años sin que se promoviera una iniciativa legal para englobar estos asuntos.

Sin embargo, en julio del 2013 el parlamento cubano aprobó la Ley de Navegación Marítima, Fluvial y Lacustre, y puso fin al largo reinado del Código del Comercio.

 

CEMENTERIO DE BARCOS

Cerca de una decena de buques de gran porte y unas 250 embarcaciones de diferentes tipos han sido abandonados durante décadas en las aguas jurisdiccionales cubanas.

Por múltiples razones, los armadores renunciaron a ellos. Los dejaron a su suerte y el mar no perdonó, pasando factura a toneladas de acero que se oxidan bajo el agua.

Aunque la mayoría están hundidos o semisumergidos, hay varios que desde hace años ocupan e inutilizan importantes instalaciones portuarias sin que el Estado tuviera la posibilidad de acometer acción alguna.

Tal es el caso de un barco que durante siete años estuvo atracado en uno de los muelles de Nicaro, en Holguín, a 734 kilómetros de La Habana.

Leica Curbelo, especialista del Ministerio del Transporte, contó que cada vez que un cargamento llegaba a la zona esa nave entorpecía la descarga de mercancías. Entonces tenían que recurrir a un muelle cercano y después trasladarla por carretera hacia allí.

El proyecto aprobado en el primer período ordinario de sesiones de la VIII Legislatura de la Asamblea Nacional del Poder Popular refiere que, con la nueva Ley de Navegación, esta situación llega a su fin.

Establece un marco legal que ampara la intervención estatal para declarar «administrativamente» el abandono del buque y disponer su ingreso al patrimonio, explica el documento.

De esta manera, se eliminan los riesgos de la permanencia del medio naval sin custodia y se promueve la seguridad para la navegación, el medio ambiente marino y la economía nacional.

Lo anterior significa que a partir de la entrada en vigor de esta legislación, las autoridades cubanas podrán disponer de los medios navales que tras cumplir el plazo establecido permanezcan en su territorio sin tutela y eliminarán los gastos por la custodia.

Además, la norma corta de raíz la pérdida de ingresos por la utilización de las instalaciones de los puertos y propone que las empresas navieras del país dedicadas al tráfico marítimo internacional aseguren la responsabilidad civil en la cual puedan incurrir sus medios navales.

Estas pueden ser resultado de su explotación, de daños a terceros, contaminación ambiental, el golpe a un muelle en maniobra de atraque, entre otras.

NORMA PARA EL RÉGIMEN DE NAVEGACIûN

El ministro del Transporte, César Arocha, dijo que el proyecto aprobado es el resultado de más de 15 años de trabajo entre los organismos e instituciones del Estado.

De manera general, este regula el régimen general de la navegación en Cuba, en su mar territorial, zona contigua, área económica exclusiva, las aguas interiores, los ríos, lagunas y embalses; sus servicios auxiliares o conexos.

También lo relativo a la marina mercante, la de pesca y la recreativa, los buques con fines comerciales, científicos, turísticos, deportivos o recreativos, y los actos y hechos relacionados con el transporte marítimo, fluvial y lacustre.

Con la norma, el Parlamento aprobó una ley que considera acorde a las transformaciones económicas y sociales que buscan actualizar el modelo socio-económico en Cuba y se recogen en un grupo de lineamientos, los cuales fueron aprobados en el VI Congreso del Partido Comunista de Cuba, efectuado en abril de 2011.

Hay cuestiones menos conocidas del proyecto, como el hecho de que pone fin a la dispersión de un elevado número de normas de inferior rango jurídico de las disposiciones que rigen las actividades de Capitanía del Puerto.

También regula el papel de la Autoridad Marítima Nacional, y establece que esta será ejercida por el Estado para garantizar los intereses nacionales en estos ámbitos a partir de la entrada en vigor de la ordenanza.

Sobre el salvamento de personas, la legislación dicta que se realizará conforme al Convenio Internacional sobre Búsqueda y Salvamento Marítimo, del cual la isla caribeña es parte.

Al respecto de estos convenios y tratados internacionales de los que el país es signatario, la ley es clara, pues obliga a todos los «artefactos navales» cubanos y extranjeros, cuando estos últimos permanezcan en aguas territoriales, a cumplir con esas disposiciones.

Queda mucha tela por donde cortar, pero a grandes rasgos, la Ley de Navegación surge como un recurso ineludible para un país que pretende recuperar en pocos años su flota naval y desarrollar la industria marítima.

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