Asegura PROFEPA en lo que va del año 700 toneladas de residuos peligrosos

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), ha decomisado en lo que va del año en distintos puntos carreteros, 723 toneladas de residuos peligrosos que eran transportados de manera clandestina, sin contar con la autorización de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT).

La Subprocuraduría de Inspección Industrial de la PROFEPA puntualizó que como parte de su Programa de Inspección y Vigilancia 2013 puesto en marcha en las carreteras del país, de enero a septiembre se han efectuado a nivel nacional 148 operativos de verificación de materiales y residuos peligrosos que genera la industria mexicana.

Durante dichas acciones se hicieron 23 mil 483 revisiones a vehículos que circulan en las principales carreteras del país, detectándose un total de 88 vehículos que transportaban 732 toneladas de residuos peligrosos de manera clandestina, por lo que se procedió al aseguramiento de la unidad y su carga, además de presentar, en algunos casos, al chofer o responsable ante el Ministerio Público Federal.

La PROFEPA realiza los operativos carreteros con el apoyo de policías estatales y municipales, Policía Federal (PF), Procuraduría General de la República (PGR), Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) y Secretaría de Marina-Armada de México (SEMAR).

El principal objetivo de estas acciones es inhibir el transporte de residuos peligrosos por empresas o personas, que no cuentan con la autorización por parte de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) y que lo hacen de manera clandestina.

La Subprocuraduría de Inspección Industrial alertó que si los residuos peligrosos son recolectados y transportados por compañías que no cumplen con la normatividad ambiental, pueden causar graves riesgos e impactos al entorno natural, dadas sus características de corrosividad, reactividad, inflamabilidad y toxicidad.

Por ello, se vigila que las mercancías sean trasladadas en unidades de transporte especializadas para tal fin; que cumplan con los términos y condicionantes de la autorización otorgada por la SEMARNAT; que cuenten con un plan de atención de contingencias y con las pólizas o seguros correspondientes, para que en caso de una eventualidad, se garantice la reparación del daño.

Cabe mencionar que el Código Penal Federal, en su artículo 414 dicta que se impondrá pena de uno a nueve años de prisión y de trescientos a tres mil días multa al que ilícitamente, o sin aplicar las medidas de prevención o seguridad, realice actividades de producción, almacenamiento, tráfico, importación o exportación, transporte, abandono, desecho, descarga, o realice cualquier otra actividad con sustancias consideradas peligrosas.

Además, con base en el Artículo 420 Quater del mismo Código, se impondrá pena de uno a cuatro años de prisión y de trescientos a tres mil días multa, a quien transporte o consienta, autorice u ordene que se transporte, cualquier residuo considerado como peligroso a un destino para el que no se tenga autorización para recibirlo, almacenarlo, desecharlo o abandonarlo.

Deja tu comentario