Sugiere Damián Zepeda ley secundaria de revocación de mandato

El senador Damián Zepeda Vidales, propuso implementar la ley secundaria de revocación de mandato, con el objetivo de que el proceso sea un instrumento de participación ciudadana que beneficie a las y los mexicanos.

“Es importante precisar que la Ley Federal de Revocación de Mandato que se pone a consideración, tiene como origen la reforma constitucional de 2019 y se basa en la Ley Federal de Consulta Popular, la cual está vigente y regula precisamente otro mecanismo de democracia directa y participación ciudadana”, explicó el legislador en conferencia de prensa.

El senador aclaró que la revocación de mandato no está en riesgo por falta de ley secundaria, ya que el derecho ciudadano de quitar a un mal gobernante nació desde la reforma constitucional de 2019 y puntualizó que la revocación debe traducirse en un mecanismo de participación de control y de castigo y no como un premio a los gobernantes en turno.

Aprovechó para aclarar las confusiones que existen al respecto de quienes han señalado que no se puede aplicar la revocación para el presidente actual, porque sería retroactivo, recordando que la reforma constitucional establece específicamente que esto sí es posible y hasta establece los plazos para hacerlo, que sería de noviembre 2021 a marzo de 2022.

Zepeda Vidales invitó a no tener miedo de este tipo de ejercicios de democracia directa, reafirmando su  convicción de que si una persona puede elegir un gobernante debería poder quitarlo.

“Imagínense el mal que se hubiera podido evitar si hubiese existido esta herramienta antes con presidentes y también gobernadores, en Veracruz con Javier Duarte, en Chihuahua con César Duarte, en Quintana Roo con Borge o algunos actuales, no tengamos miedo a que la ciudadanía tome el control de su destino en sus manos”, expresó el legislador federal.

En ese sentido, indicó que su iniciativa reglamenta la figura de revocación acorde a lo que estableció la reforma constitucional, misma que será organizada y difundida por el Instituto Nacional Electoral (INE), y que puede ser solicitada por el 3 por ciento de los ciudadanos del padrón electoral, con al menos la mitad más uno de los estados.

Además, recalcó que para que el proceso sea válido deberá contar con al menos el 40 por ciento de las personas inscritas en la lista nominal de electores y sólo procederá por mayoría absoluta.

Finalmente mencionó que la pregunta que se formulará deberá ser la siguiente: “¿Está usted de acuerdo en que se revoque de manera anticipada el mandato del Presidente de la República? Lo anterior significa la terminación anticipada del cargo por pérdida de confianza”.

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