PROFEPA decomisó en Puebla mamíferos, arácnidos, reptiles y aves

Por Irene Díaz Sánchez

Puebla, 01 abril (ASI) Derivado de que no se acreditó la procedencia de 20 ejemplares de fauna silvestre la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), decomisó estos animales a un establecimiento, donde se comercializaban en el estado de Puebla.

La autoridades federales informaron que los reptiles, mamíferos y aves que fueron recuperados no tenían documentos legales de procedencia, por lo que procedieron a retirarlos del mercado.

Además mencionó que la inspección, se realizó en la comercializadora de fauna silvestre denominada «Terra Exótica«, ubicada en esa entidad, donde constataron la presencia de distintos ejemplares de vida silvestre.

“Al momento de la diligencia no se acreditó la legal procedencia de los ejemplares que comercializaba, por lo que se impuso el aseguramiento precautorio de los 20 ejemplares de fauna silvestre referidos”, expuso la PROFEPA. Los ejemplares que no contaron con su procedencia legal por parte del dueño del establecimiento fueron: Diez ejemplares de Iguana Verde (Iguana iguana), un Gecko Leopardo (Eublepharis macularius), un Gecko Crestado (Correlophus ciliatus), un Dragón Barbudo (Pogona vitticeps), una Boa (Boa constrictor), un Tucán Real (Ramphastos sulfuratus), una Tarántula (Lasiodora striatipes), una Tarántula Goliat (Theraphosa blondi), una Tarántula de Haití (Phormictopus cancerides), una Tarántula Arborícola (Psalmopoeus irminia) y una Tortuga matamata (Chelus fimbriata).

Por últimos, se da a conocer que la Iguana verde se encuentra listada como especie Sujeta a Protección Especial (Pr), mientras que la boa y el tucán real se encuentran listados como especies Amenazadas dentro de la Norma Oficial Mexicana NOM–059–SEMARNAT-2010; así mismo, estas especies se encuentran incluidas en el Apéndice II de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES, por sus siglas en inglés), tratado Internacional del que México forma parte.

IDS/ BST

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