La Comisión de Hacienda y Crédito Público aprobó en lo general y en lo particular por 30 votos a favor, 12 en contra y una abstención, el dictamen que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, Ley Federal de Derechos, Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, así como la iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la nueva Ley del Impuesto Sobre la Renta, todos ellos del paquete fiscal 2014.
El dictamen establece, entre otros, un gravamen del 5 por ciento a alimentos chatarra a través del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS).
Los diputados resolvieron no gravar con IVA a colegiaturas, hipotecas ni rentas de casa habitación, espectáculos deportivos, puros, ni tabacos labrados hechos en México.
El presidente de este órgano legislativo, José Isabel Trejo Reyes (PAN), expresó que para la elaboración de esos dictámenes “se tomaron muchas de las propuestas y otras no, y hay cosas nuevas”.
Agregó que en un proceso parlamentario relacionado con los aspectos fiscales esto es normal en todos los años, pero “no se ha castrado la discusión en ningún momento”.
Explicó que los cambios a la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA) son:
Se mantiene la tasa cero en las ventas intermedias de oro, joyería orfebrería, piezas artísticas u ornamentales, así como la facilidad para personas físicas que únicamente tengan ingresos por arrendamiento de hasta diez salarios mínimos y pagos trimestrales.
En vivienda, se retira la propuesta de gravar la enajenación, así como los intereses derivados de créditos hipotecarios; se retira también la propuesta de gravar el arrendamiento.
Se mantiene la exención en la enajenación de bienes entre residentes en el extranjero o por un residente en el extranjero a empresas maquiladoras.
Se retira la propuesta de gravar los servicios educativos.
Se retira la propuesta de gravar los espectáculos deportivos, a efecto de que esta fuente sólo sea gravada con impuestos locales.
En importaciones temporales IMMEX, tratándose de pedimentos consolidados, el IVA se pagará en el momento en que se presenten dicho pedimentos y no operación por operación.
Se establece un mecanismo de certificación para que quienes la obtengan adjunten un crédito fiscal equivalente al monto el IVA que deba pagarse en la importación temporal. La certificación se llevará a cabo cumpliendo los requisitos que establezca el SAT mediante reglas de carácter general, y las empresas tendrán año para certificarse a partir de la publicación de la ley.
Para las empresas que no puedan certificarse, se les permitirá que garanticen mediante fianza el interés fiscal a efecto de no tener que pagar el IVA en importación temporal.
En servicios de hotelería y conexos, se da facilidad para que las contraprestaciones que se paguen los primeros seis meses de 2014, se apliquen las disposiciones del 2013.
Respecto a la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios (IEPS), el diputado informó:
Se exenta de la cuota del IEPS a los puros y otros tabacos labrados hechos en México, a petición de los fabricantes mexicanos.
Del IEPS a bebidas saborizadas, se excluye la definición de “azúcares a los polisacáridos”.
Establece un IEPS de 5 por ciento aplicable a un grupo de alimentos no básicos con alta densidad calórica como la comida chatarra. Establece un tratamiento similar al del IVA a las importaciones temporales IMMEX.
Sobre el impuesto a combustibles fósiles, se reducen las cuotas por tipo de combustible y se exentan el petróleo crudo y el gas natural.
Se reduce la tasa del IEPS en un 50 por ciento a plaguicidas en 2014.
En gasolina estatal, se establece que la entrega del impuesto recaudado a las entidades federativas se hará durante los primeros diez días hábiles del mes inmediato posterior, al mes en que los contribuyentes hayan realizado el pago.
En gasolinas para 2014, se permite un factor de mermas superior a la que aplicará a partir de 2015.
Sobre la Ley Federal de Derechos, señaló:
Se ajusta la redacción del derecho por servicios migratorios, a efecto de que las líneas áreas recauden el derecho a cualquier pasajero cuando abandona el territorio nacional.
Se permite la disminución de los medidores de agua. Se incorpora la facilidad de que la Comisión Nacional del Agua (Conagua) publique en septiembre las zonas de disponibilidad preliminares para efectos del derecho.
Se ajustan los montos de los derechos por el uso del espectro radioeléctrico respecto a las bandas de frecuencia de 700 megahertz.
Flexibiliza el régimen de gas grisu; se permite la disminución de las inversiones en exploración y la acreditación del derecho predial minero contra el derecho especial sobre minería.
Se incluye a las entidades federativas mineras a efecto de beneficiarlas con la aplicación de los recursos que integrarán el Fondo para el Desarrollo Regional Sustentable, derivado de los nuevos derechos mineros.
Se ajusta la distribución de los nuevos derechos mineros para quedar: 40 por ciento al gobierno federal, 30 por ciento a entidades federativas y 30 por ciento a municipios mineros.
El presidente de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, Isabel Trejo (PAN), mencionó que se hicieron 49 cambios a la Ley del Impuesto Sobre la Renta, entre ellas las siguientes:
Se amplia de uno a dos millones de pesos el monto para poder tributar en este nuevo régimen, con lo que quedan incorporados los Repecos.
Se precisa la definición de maquila. En maquiladoras conocidas como “ochenteras”, se amplía el plazo para permanecer bajo esta figura por cuatro años en lugar de tres que proponía la iniciativa del Ejecutivo.
Exención a la enajenación de la casa habitación hasta 700 mil udis (3 millones y medio de pesos). En materia de vivienda, se incorpora la reducción de reservas territoriales con candado de tres años para evitar la especulación.
Energía renovable y cogeneración: se reincorpora la deducción de la inversión. En consumos en restaurantes, se reincorpora la deducción de hasta 8.5.
Se plantea la reducción de estimulo al cine; asimismo, no considera para los cálculos del PTU (Participación de los Trabajadores en las Utilidades) la no deducibilidad de las prestaciones exentas de los trabajadores.
Elimina la duplicidad del ISR por comparaciones del registro de utilidades fiscales netas y establece el calendario de pago del ISR diferido.
Permite la deducción de créditos incobrables cuando la cartera sea castigada por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. En Fondo de Pensiones, se precisa que no se tiene derecho a la exención cuando se enajenen inmuebles registrados como inventarios.
Participaron en la discusión del dictamen los diputados: Jorge Herrera Delgado (PRI), Ricardo Cantú Garza (PT), Federico José González Luna Bueno y David Pérez Tejada Padilla del PVEM, Silvano Blanco Deaquino, Javier Orihuela García, Javier Salinas Narváez y Rosendo Serrano Toledo, en representación del PRD.
Por el PAN, los legisladores Aurora de la Luz Aguilar Rodríguez, Carlos Fernando Angulo Parra, Juan Bueno Torio, Arturo De la Rosa Escalante, Carlos Alberto García González, Glafiro Salinas Mendiola y Jorge Iván Villalobos Seáñez del PAN, dieron su pronunciamiento respecto al dictamen.
Fue desechada la propuesta del diputado Juan Bueno Torio (PAN), quien solicitaba declarar un receso para mañana a las ocho de la mañana o un lapso de dos horas por cada dictamen que se votara con la finalidad de que se analizaran los documentos.