Madrid, 12 jul (PL) El aforamiento del rey Juan Carlos I, que limita la aplicación de la justicia en caso de cometer algún delito, entró hoy en vigor tras la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la reforma legal correspondiente.
La medida, muy criticada por la oposición y parte de la sociedad española, establece que Juan Carlos I sólo podrá ser juzgado por el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), igual que su esposa Sofía, la reina Letizia y la princesa de Asturias.
Esta disposición tiene carácter retroactivo y se aplica desde el pasado 2 de junio, cuando el monarca perdió su inviolabilidad al abdicar al trono a favor de su hijo Felipe VI.
Debido a la modificación introducida en la ley orgánica del Poder Judicial mediante un procedimiento urgente, la Audiencia Provincial de Madrid debe remitir a la Sala de lo Civil del TSJ una demanda de paternidad contra Juan Carlos I interpuesta por Albert Solá, quien asegura ser su hijo.
El demandante afirma que es el primogénito del monarca, nacido en 1956 de una relación de este con su madre cuando Juan Carlos I era príncipe.
Partidos políticos de oposición, como Izquierda Unida (IU), rechazan el llamado aforamiento, que consideran una maniobra palaciega y demandan que Juan Carlos I sea tratado como un ciudadano normal, pues ya no ostenta cargo público alguno.
La reforma fue aprobada por los votos del gobernante Partido Popular con el apoyo de dos partidos menores, la abstención del Partido Socialista Obrero Español y otras tres agrupaciones y el rechazo de IU y dos agrupaciones más, además de diputados del grupo mixto.
Se estima que en España hay unos 10 mil funcionarios aforados, entre parlamentarios, altos funcionarios jueces y fiscales, pero el caso de Juan Carlos abrió un debate sobre el tema con la propuesta de reducir el número de personas beneficiadas por ese privilegio.
Ante las críticas, las autoridades anunciaron un próximo análisis del tema para fines de año.