Las dependencias y órganos descentralizados del gobierno capitalino no reconocen como parte de su personal en sus estatutos orgánicos ni reglamentos internos, a las trabajadoras subcontratadas, principalmente al personal de intendencia –la mayoría jefas de familia y adultas mayores–, lo que propicia se violenten sus garantías laborales.
Entre las demandas de las 51 mujeres y ocho varones que integran el personal de intendencia del Instituto de Educación Media Superior del Distrito Federal (IEMS), y que fueron despedidas el pasado 8 de enero por querer frenar los abusos en su contra, está la de modificar el artículo 2 del capítulo primero del Estatuto Orgánico de esta institución, ya que no nombra al personal subcontratado o a quienes realizan labores de limpieza y mantenimiento.
Esta situación es la misma en otras dependencias capitalinas que practican la subcontratación, por ejemplo el Instituto de las Mujeres del Distrito Federal (Inmujeres-DF), la Secretaría del Trabajo y Fomento al Empleo (STyFE), y de las 16 delegaciones, cuyos estatutos orgánicos evaden nombrar obligaciones y garantías para el personal subcontratado y el de intendencia.
La exclusión de las personas que realizan servicios de intendencia de los reglamentos o estatutos internos de la gestión pública impide que los derechos reconocidos para el resto del personal al interior de las dependencias se apliquen también a quienes son subcontratados, en especial para quienes realizan servicios de limpieza, quienes muchas veces perciben los ingresos más bajos.
Así sucedió con las trabajadoras del IEMS, quienes hasta ahora no han sido respaldadas por los directivos de esta institución, ni por las autoridades capitalinas, que argumentan que las empleadas tenían una relación laboral con la empresa Roc-Man (también llamada Joad) y no con el Gobierno del DF.
En contraste, las dependencias no omiten señalar obligaciones muy específicas –como portar uniformes, presentar credenciales, no faltar al empleo y sanciones– para el personal de limpieza sin importar que no haya para ellas una sola garantía establecida en esos convenios, según demuestran los contratos públicos en la Ventanilla de Transparencia del gobierno local.
A decir de Karla Hernández Antonio, vocera del Sindicato Único de Trabajadores del IEMS, el reconocimiento del personal de intendencia por parte de la institución educativa y su integración al personal de base es una demanda desatendida por Alejandra Barrales, secretaria de Educación del DF, y por el personal directivo de este instituto.
La sindicalista precisó que al personal de limpieza –conformado en su mayoría por mujeres que llevan hasta más de 15 años prestando servicios en cada uno de los planteles del IEMS– se le impide también la libre sindicalización, y se le castiga con el despido o el hostigamiento en caso de que pretenda asociarse a la organización gremial de su elección, además –declaró Hernández– se les impone el sindicato de protección que elige la empresa subcontratante.
Pese a la omisión del GDF para atender al personal de intendencia, Porfirio Díaz Martínez, defensor legal de las trabajadoras, precisó que en este caso los directivos del IEMS están obligados a responder, ya que el artículo 21 de la Ley Federal del Trabajo especifica que la relación laboral se da entre las personas que realizan un servicio y quienes se benefician directamente con él.
El litigante también criticó que el gobierno capitalino se niegue a basificar a gran parte de su personal, ya que impedir su estabilidad laboral representa una violación a los derechos laborales, apuntó.
En protesta por el incumplimiento de sus demandas, este miércoles 10 de febrero las trabajadoras despedidas del IEMS marcharán desde la Universidad Autónoma de la Ciudad de México, plantel Centro Histórico, hacia la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, donde está previsto que presenten una demanda colectiva.
Fuente: Cimacnoticias