FIRMA PROCURADOR CAPITALINO ACUERDO SOBRE LA APLICACIÓN DE CRITERIOS DE OPORTUNIDAD

Permitirá al MP terminar la investigación por delitos sin violencia, modifica el similar publicado el año pasado

Con el interés de garantizar una mayor operatividad y dar por terminada, de manera anticipada, la investigación en aquellos delitos que se hayan cometido sin violencia, cuyos montos sean poco significativos; en el documento se establecen los lineamientos que debe observar el Ministerio Público en la aplicación de los criterios de oportunidad, el Procurador General de Justicia de la Ciudad de México, Rodolfo Fernando Ríos Garza, firmó el Acuerdo A/008/2016.

Cuando existan datos que establezcan un hecho que la ley señala como delito y la probable responsabilidad del imputado en su comisión, el agente de la representación social, deberá actuar de la siguiente manera:

Practicar las diligencias que permitan corroborar las manifestaciones de la víctima u ofendido respecto de su inconformidad.

Poner a consideración la autorización del Fiscal respectivo, la propuesta de aplicar un criterio de oportunidad en un término no mayor a cinco días hábiles, sin perjuicio de que dicha aprobación la otorgue el Procurador.

Una vez que la propuesta de aplicación sea aceptada, el expediente relativo se devolverá al el Ministerio Público que lo formuló, el cual notificará al agraviado y al imputado la determinación de aplicar el criterio de oportunidad, dentro de los tres días hábiles a su emisión, por los medios legales procedentes; ya sea en el domicilio proporcionado para oír notificaciones, correo electrónico o a través de su asesor jurídico, de haberlo designado y en caso de no haber proporcionado información para poder realizar la notificación correspondiente, ésta se hará por estrados.

El Registro de Aplicación de Criterios de Oportunidad deberá contener los siguientes datos:

  • El supuesto legal que originó el criterio de oportunidad.
  • Lugar y fecha en que se aplicó.
  • Agente del Ministerio Público que lo aplicó y su adscripción.
  • Superior jerárquico que autorizó la aplicación y su adscripción.
  • Clasificación jurídica correspondiente.
  • Número de Carpeta de Investigación.

El Acuerdo A/008/2016, que modifica el similar A/003/2015, entró en vigor este viernes 4 de marzo, tras su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

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