Ciudad de México, 5 nov (Prensa Latina) El pleno de la Suprema Corte de México desestimó hoy un proyecto de resolución de un ministro de esa instancia que pretendía cambiar una reforma constitucional aprobada por el Constituyente, único con facultades para hacerlo.
«(…) al no contarse con la votación calificada de ocho votos necesaria para invalidar diversos preceptos contemplados en el proyecto de resolución, el Pleno del Máximo Tribunal Constitucional desestimó los conceptos de invalidez», refiere esa instancia en un comunicado.
En la propuesta difundida la semana pasada, el ministro Juan Luis González Alcántara proponía modificaciones a la reforma judicial, entre estas, la anulación de la elección popular de jueces, al resolver las acciones de inconstitucionalidad presentadas por formaciones políticas.
La presidenta de México, Claudia Sheinbaum, aludió la víspera a la reunión de este martes y recordó que los partidos políticos carecen de personalidad jurídica para estas acciones.
«Segundo, (en la Corte) no podrían haberlo recibido por lo que decía la Ley de Amparo, pero ahora que es constitucional que el amparo no puede ser parte de la revisión de una reforma constitucional, pues deberían tomar esto en cuenta, y tercero, ya fue publicada la reforma» al poder judicial, argumentó.
La mandataria señaló que están legislando sobre una reforma constitucional y subrayó que solo al Constituyente, integrado por la Cámara de Diputados y la de Senadores así como los congresos locales, corresponde la aprobación de modificaciones a la carta magna.
De acuerdo con autoridades y especialistas, la reforma judicial busca poner fin a la corrupción y el tráfico de influencias existente en ese poder autónomo, lo cual ha posibilitado la liberación de delincuentes y otras irregularidades, una denuncia en la que coincide la mayoría de los ciudadanos, según encuestas.
Además de la elección de jueces, magistrados y ministros por voto popular, la modificación a la carta magna en esta materia contempla otros puntos, entre estos, la creación de un Tribunal de Disciplina Judicial como una autoridad independiente a la Suprema Corte.