Quito, 7 nov (Prensa Latina) El Comité de Derechos Humanos de la Organización de Naciones Unidas (ONU) publicó hoy un informe que expone sus preocupaciones por «las frecuentes y aparentemente normalizadas» declaraciones de estado de excepción en Ecuador.
El documento, difundido este jueves en medios de comunicación de la nación sudamericana, señala que los estados de excepción derogan derechos fundamentales, como la libertad de circulación, así como la libertad de asociación y reunión.
La entidad de la ONU subrayó que eso afecta de manera desproporcionada a grupos vulnerables, incluidos pueblos indígenas, personas en situación de pobreza, migrantes y solicitantes de asilo.
A su vez, critican la persistencia de esa medida, «utilizando el conflicto armado interno como justificación, a pesar de las sentencias pertinentes de la Corte Constitucional».
El Comité recordó que la medida de emergencia y la militarización de las calles solo debería ocurrir «en situaciones verdaderamente excepcionales».
Por otro lado, el texto califica como preocupante la corrupción que afecta a la función judicial en el país andino y la falta de salvaguardias para proteger a jueces, fiscales y otros profesionales del derecho de asesinatos, amenazas, intimidaciones y ataques.
El Comité de la ONU pidió al Gobierno de Ecuador investigar los presuntos actos de corrupción en el poder judicial, procesar a los responsables y garantizar que los profesionales del derecho puedan desempeñar sus funciones con seguridad e independencia.
También el informe se refirió a la crisis carcelaria existente en el país y reiteró que el Estado debe adoptar medidas para garantizar que toda persona detenida o encarcelada goce de garantías jurídicas.
El documento fue dado a conocer en el marco de la revisión del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la evaluación periódica de Ecuador ante el Comité del organismo internacional en Ginebra.
Este miércoles, el presidente ecuatoriano, Daniel Noboa, propuso una reforma parcial a la Constitución para retirar a las personas privadas de libertad de la categoría de grupos de atención prioritaria, establecido en los artículos 35 y 51 de la Carta Magna.
La propuesta, cuestionada por defensores de derechos humanos, fue enviada a la Corte Constitucional y luego deberá ser tramitada en la Asamblea Nacional.