Avalan en México endurecimiento de sanciones por uso ilegal de armas

Ciudad de México, 23 abr (Prensa Latina) La Cámara de Diputados de México aprobó hoy reformas dirigidas a endurecer sanciones por el uso ilegal de armas de fuego y remitió el dictamen al Senado para sus efectos constitucionales.
El documento, aprobado con 476 votos a favor, cero en contra y dos abstenciones, reforma, adiciona y deroga disposiciones de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, para regular el registro, control, vigilancia y sanción de las actividades conexas con esos artefactos.
También con municiones, artificios, explosivos y sustancias químicas relacionadas, así como sus componentes, accesorios y demás objetos que establece ese ordenamiento.
Derivado de una iniciativa presentada por la presidenta Claudia Sheinbaum, menciona que corresponde a la Secretaría de la Defensa Nacional el control de todas las armas en el país, para cuyo efecto se establece el Registro Federal de Armas de Fuego.
Entre las disposiciones, se encuentra la prohibición de la posesión, transportación, uso o fabricación de instrumentos, accesorios o aditamentos para convertir armas semiautomáticas en automáticas, incluidos los de manufactura tridimensional, con técnicas aditivas o de forma artesanal.
También veda el empleo de equipo de visión nocturna, designadores láser, miras holográficas o térmicas, así como todos aquellos accesorios utilizados para mejorar el uso del armamento en actividades ilícitas, ajenas a la práctica lúdica de caza o tiro.
Adicionalmente, queda prohibida la manufactura, posesión, portación, transporte y empleo de cualquier artefacto explosivo improvisado o medio o dispositivo tecnológico para su activación.
«Serán sancionadas con multa de diez a cien veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) las personas que posean o almacenen, sin el permiso correspondiente, una cantidad de municiones o cartuchos o sus partes constitutivas», refiere la cámara baja.
Según el comunicado, con prisión de cuatro a ocho años y multa de 700 a mil 500 veces el valor diario de la UMA se sancionará a la persona que emplee o distribuya ilícitamente armas.
Asimismo, las autoridades impondrán de siete a treinta años de prisión y multa de 250 a dos mil veces el valor diario de la UMA a quien participe en la introducción al país de forma ilícita de aditamentos para convertir armas semiautomáticas en automáticas.
La misma sanción se aplicará en el caso de armas y cargadores reservados para el uso exclusivo de la Fuerza Armada Permanente.
A juicio de Ricardo Mejía (Partido del Trabajo), la norma reconoce el derecho de las personas a la posesión de armas dentro del domicilio para legítima defensa «con responsabilidad», y combate el uso de artefactos operados a distancia, como los drones, utilizados con frecuencia por grupos delincuenciales.
En declaraciones versionadas por La Jornada, destacó que la reforma busca frenar el tráfico de esos artefactos, especialmente desde Estados Unidos, origen del 74 por ciento de las armas en manos del crimen organizado, y sanciona el mal uso de armamento por empresas y corporaciones privadas.