Senado aprueba reforma para uso de armas de fuego en empresas públicas y órganos autónomos

El pleno del Senado aprobó por unanimidad una reforma a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos con el objetivo de actualizar el marco legal y permitir que integrantes de empresas públicas y órganos autónomos como Pemex, la Comisión Federal de Electricidad (CFE), el Centro Nacional de Inteligencia (CNI), el Servicio de Administración Tributaria (SAT), entre otros, puedan portar armas en el desempeño de sus funciones de seguridad.

En la exposición de motivos se argumenta que “en México es prioridad la seguridad de las áreas estratégicas y la seguridad pública”, por lo que se propone que el personal de estas instituciones pueda portar armas de fuego, siempre que cumpla con los requisitos establecidos por la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena).

La reforma también contempla modificaciones al artículo 24, fracción II de la ley, donde se especifica que podrán portar armas de fuego los integrantes de organismos públicos que justifiquen su necesidad conforme a la ley y su reglamento.

Además, la iniciativa amplía la clasificación de calibres considerados de uso exclusivo de las fuerzas armadas, incluyendo los 5.7 x 28 mm, .357 (en sus distintas variantes), y el 5.56 mm, con el fin de limitar su acceso y aplicar sanciones a quienes los porten sin autorización.

También se regula el uso de armas accionadas por gas o aire comprimido y el transporte de armamento utilizado por competidores olímpicos entre sus domicilios y campos de tiro.

Entre otras medidas, se establece que los particulares que posean armas deberán designar a una persona responsable de ellas en caso de fallecimiento o ausencia legal del titular.

Asimismo, se incluyen en la regulación silenciadores, equipo de visión nocturna, designadores láser y miras holográficas y térmicas, debido a que incrementan la eficacia del armamento.