Ciudad de México, 29 may (Prensa Latina) El Diario Oficial de la Federación de México publicó hoy un decreto emitido por la presidenta Claudia Sheinbaum que reforma la ley de armas de fuego para garantizar un mayor control sobre esos artefactos.
«Está prohibida la posesión y portación de las armas reservadas para el uso exclusivo de la Fuerza Armada Permanente y de las creadas mediante la fabricación tridimensional, técnicas aditivas, réplicas o de forma artesanal, salvo los casos de excepción señalados en esta Ley», detalla el texto.
La normativa prohíbe igualmente la utilización de vehículos particulares blindados con adaptaciones para el empleo de armamento, y limita de manera estricta el empleo de accesorios tácticos como miras térmicas, láser o visores nocturnos, si no están relacionados con caza o tiro deportivo.
Además, se otorga a la Secretaría de la Defensa Nacional la facultad de autorizar el uso de las armas, municiones y materiales destinados exclusivamente para la guerra, mediante justificación de necesidad, individualmente o como corporación.
Esto, a quienes desempeñen empleos o cargos de la Federación, los estados, los municipios y las alcaldías de esta capital, así como a personas servidoras públicas extranjeras, precisa.
Las modificaciones a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos deja para uso exclusivo de las fuerzas armadas cartuchos con artificios especiales como trazadores, incendiarios, perforantes, fumígenos, expansivos y de gases, entre otros.
También «proyectiles-cohete, torpedos, granadas, bombas, minas, cargas de profundidad, lanzagranadas y similares, fusiles y ametralladoras en calibres .50″ (12.7 mm) y superiores; así como los aparatos, artificios y máquinas para su lanzamiento».
El decreto veda la posesión, transportación, uso o fabricación de instrumentos, accesorios o aditamentos para convertir armas semiautomáticas en automáticas, incluidos los de manufactura tridimensional, con técnicas aditivas o de forma artesanal.
Hace lo mismo en el caso del empleo de equipo de visión nocturna, designadores láser, miras holográficas o térmicas, así como todos aquellos accesorios utilizados para mejorar el empleo del armamento en actividades ilícitas.
Por otro lado, establece que las licencias de portación de armas son intransferibles y señala como «facultad exclusiva de la persona titular de la Presidencia de la República autorizar el establecimiento de fábricas y comercios de armas».
De igual manera, indica a las administraciones de la Federación, los estados, los municipios y las alcaldías realizar campañas educativas permanentes de culturas de paz y desarme que tengan por objeto reducir la posesión, la protección y el uso de armas de cualquier tipo.
El Gobierno de México implementa una estrategia de seguridad basada en cuatro ejes: atención a las causas, consolidación de la Guardia Nacional, fortalecimiento de la inteligencia e investigación, y coordinación con las entidades federativas.
México refuerza control sobre armas de fuego
