Validan prisión a quien con violencia evite el ejercicio periodístico

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó una disposición del Código Penal del Estado de Guanajuato, que establece que se aplicarán de nueve meses a cuatro años de prisión y de 200 a 300 días multa a quien con violencia evite el ejercicio de la actividad periodística. El pleno consideró que dicho precepto no viola el derecho a la exacta aplicación de la ley penal en su vertiente de “taxatividad”, ya que si bien el legislador, al establecer las penas debe describir claramente las conductas merecedoras…

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