El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó una disposición del Código Penal del Estado de Guanajuato, que establece que se aplicarán de nueve meses a cuatro años de prisión y de 200 a 300 días multa a quien con violencia evite el ejercicio de la actividad periodística. El pleno consideró que dicho precepto no viola el derecho a la exacta aplicación de la ley penal en su vertiente de “taxatividad”, ya que si bien el legislador, al establecer las penas debe describir claramente las conductas merecedoras…
Leer mas