El Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) ordenó a la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) entregar información de las multas impuestas de 2009 a la fecha, así como la baja documental respectiva, del periodo 2004 al 2008.
En un comunicado, informó que un particular solicitó el total de multas impuestas por la Profeco, desde su creación, especificando que requería conocer a quién fueron impuestas, por qué razón, el monto, la cantidad de sanciones impugnadas y cobradas y qué instancia las cobra.
Pese a que por conducto de la Dirección General de Verificación de Combustibles, la Dirección General de Verificación y Vigilancia y la Subprocuraduría de Servicios, la Procuraduría proporcionó diversa información, el solicitante se inconformó y presentó un recurso de revisión ante el IFAI.
Argumentó que la respuesta es confusa e incompleta, no proporcionó el total de multas impuestas, omitió señalar las autoridades que cobran las multas, los montos reportados en esta solicitud son menores a los indicados por el sujeto obligado.
En alegatos, la Profeco reiteró su respuesta e hizo precisiones sobre la información proporcionada, sin embargo al analizar el caso, el comisionado ponente, Francisco Javier Acuña, señaló que ésta no cumplió con el procedimiento previsto en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
Refirió que no turnó la solicitud a todas sus unidades administrativas competentes para conocer la información, como la Dirección General de Delegaciones y las Coordinaciones Regionales de Delegaciones correspondientes.
Aunado a ello, el criterio de búsqueda fue restrictivo, dado que el ente obligado no abarcó todo el periodo del cual se le requirió la información, es decir desde su creación, en 1976, hasta el día que se presentó la solicitud, el 8 de septiembre de 2014, razón por la cual los montos referidos son distintos.
Sobre este punto, el comisionado advirtió que el periodo solicitado abarca 39 años, pero de conformidad con los lineamientos de la guarda, custodia y plazo de conservación del Archivo Contable Gubernamental, la Procuraduría sólo está obligada a contar con información de los últimos cinco años.
Contrario a lo manifestado por el particular en su recurso, el comisionado Acuña concluyó que la Procuraduría fue clara al referir que la autoridad encargada de cobrar las multas es la Tesorería de la Federación y la Secretaría de Finanzas de cada estado.
Por lo antes expuesto, el pleno del IFAI determinó modificar la respuesta de la Profeco e instruirle una búsqueda exhaustiva de la baja documental del periodo 2004-2008, así como de la información sobre todas la multas impuestas, entre 2009 y 2014, a fin de entregarla al recurrente.
El IFAI detalló que en dicha búsqueda la no podrá omitir a la Dirección General de Delegaciones y a las delegaciones y subdelegaciones correspondientes.
Así como a las direcciones generales de Verificación de Combustibles; de Verificación y Vigilancia; de Quejas y Conciliación, y de Procedimientos y de Contratos de Adhesión y Registro de Autofinanciamiento.