México, 29 abr (PL) La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) de México emitió regulaciones que hoy limitan el uso de aeronaves no tripuladas, drones, cuyo uso se ha extendido en el país.
La Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) de la SCT emitió una circular que establece limitaciones al uso de drones (llamados Sistemas de Aeronave Pilotada a Distancia, RPAS) según su peso, pero incluye limitantes válidas para todos los equipos.
Sin importar el peso, sólo pueden ser operadas durante el día, en áreas no clasificadas como prohibidas, restringidas o peligrosas, y al menos a 9,2 kilómetros de los aeropuertos controlados, a 3,7 kilómetros de los no controlados, y a 900 metros de los helipuertos.
Apunta que esas aeronaves no deben dejar caer objetos que puedan causar daños a personas o bienes.
Distingue tres tipos de drones que son de hasta 2 kilogramos de peso, de más de dos a 25 kilogramos, y de más de 25 kilos.
Sólo los RPAS que pesen menos de 2 kilos pueden ser operados sin necesidad de requerir autorización de la DGAC, pero si se usan para actividades comerciales deben contar con un seguro de daños a terceros, entre otras condicionantes.
En cuanto a los que pesan más de 2 kilos, cuando su uso es recreativo sólo pueden ser usados dentro de clubes de aeromodelismo.
Los de uso comercial requieren autorización de la DGAC.
Tales limitaciones son aún más específicas para operar aparatos de más de 25 kilogramos de peso, que sólo pueden volar en los términos y condiciones autorizados por la DGAC, además de que su operador debe contar con una licencia de piloto.
Limitan uso de drones en México
