El Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) dio a conocer el acuerdo por el que se atribuyen frecuencias del espectro radioeléctrico para prestar servicios auxiliares a la radiodifusión, así como el procedimiento para autorizar el uso de las mismas.
En el Diario Oficial de la Federación explicó, entre otras consideraciones, que quienes cuenten con concesión de espectro para prestar el servicio público de radiodifusión podrán obtener autorización de la Unidad de Concesiones y Servicios para usar dichas bandas deberán presentar solicitud, la cual será evaluada.
Abundó que las autorizaciones que se otorguen al amparo de este acuerdo permanecerán vigentes hasta el vencimiento del plazo de la concesión de espectro relacionada con los servicios auxiliares del enlace estudio-planta o el sistema de control remoto de que se trate, aunado a que serán intransferibles, con algunas excepciones.
El organismo detalló en un Anexo las bandas de frecuencia referidas en esta disposición, que entra en vigor a partir de este viernes, así, la banda 216-220 MHz podrá ser autorizada para el establecimiento de enlaces estudio-planta, para la transmisión de señales de radiodifusión sonora en AM.
La banda 225-240 MHz, para la transmisión de señales de radiodifusión en AM y FM y la 2025-2110 MHz podrá ser autorizada para el establecimiento de sistemas de control remoto, para estaciones de radiodifusión de televisión.
Añadió que las bandas de 12.75 a 12.85 GHz y de 13.00 a 13.25 GHz para establecer enlaces estudio-planta y sistemas de control remoto, para estaciones de radiodifusión de televisión digital.