La Secretaría de Economía (SE) emitió el acuerdo por el que se da a conocer la tasa aplicable del impuesto general de importación para las mercancías originarias de Colombia, Chile y Perú para así facilitar el despacho aduanero.
Lo anterior, detalló en el Diario Oficial de la Federación (DOF), debido a la necesidad de informar a los operadores y autoridades aduaneras las condiciones arancelarias, así como los mecanismos que regirán la importación de las mercancías originarias de dichos países que forman la región de la Alianza del Pacífico.
Ello, en virtud de que a partir de este domingo entra en vigor el Protocolo Adicional de la Alianza del Pacífico, que busca lograr un área de integración basada en la libre circulación de bienes, servicios, capitales y personas; así como convertirse en una plataforma de integración económica y comercial.
Así, el acuerdo detalla que la importación de las mercancías originarias de la región como de amapola, algunas variaciones y presentaciones de marihuana, de tortuga o caguama, entre otras estará prohibida de conformidad con la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (LIGIE).
Añadió que el arancel aplicable a la importación de mercancías
originarias de la región de algunos tipos de azúcar, lactosa, glucosa y fructosa, entre otras, será el previsto en el Artículo 1 de la LIGIE, sin reducción alguna.
En tanto, el arancel aplicable a la importación de tilapias, truchas, arenques, pavo y café instantáneo de la región conformada por Colombia, Chile, México y Perú será preferencial, y estará libre de arancel a partir del 1 de enero de 2018.
Así, la dependencia detalló en el documento los aranceles aplicables a la importación de diversas mercancías entre los países que conforman la región de la Alianza del Pacífico como alimentos de animales, productos vegetales y frutales, leche, quesos, frutos secos, arroz, tabaco, frijol y papa, entre muchos otros, las cuales quedarán libres de arancel entre 2018 y 2030 .
La Secretaría de Economía agregó que este acuerdo, que entra en vigor este domingo, no libera del cumplimiento de las medidas de regulación y restricción no arancelarias en términos de lo dispuesto en los tratados de libre comercio celebrados por México, la Ley de Comercio Exterior, la Ley Aduanera y demás disposiciones aplicables.