Pedro Cervantes, apoderado legal de la empresa Turismo Barey, S.A de C.V., denunció acciones irregulares, arbitrarias y dolosas por parte del Instituto de Verificación Administrativa del DF (INVEA), luego de que el organismo hiciera caso omiso de la orden de suspensión de retiro de un anuncio publicitario de la empresa mencionada, otorgada el 4 de noviembre de 2016 y notificada al INVEA el pasado día 16.
La resolución del juicio promovido en el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal, determina que “con fundamento en lo dispuesto por los artículos 99 y 100 de la ley, y en virtud de que no se afectan los derechos de terceros, el interés social, ni se contravienen disposiciones de orden público, SE CONCEDE LA SUSPENSIÓN solicitada, para el efecto de que se mantengan las cosas en el estado en que se encuentran, esto es, para evitar se retire el anuncio instalado en el inmueble ubicado en la calle de Insurgentes Sur No. 300, Col. Roma Norte, Delegación Cuauhtémoc, de esta Ciudad”.
La empresa que exhibe la publicidad en el sitio mencionado, recientemente se percató que por las noches se realizaron movimientos policíacos que comenzó a cerrar las calles aledañas mencionando habría operativo por parte de los verificadores del INVEA que llegarían al lugar para clausurar el anuncio y ponerle enormes sellos de suspensión de actividades, sin embargo, detuvieron dicho operativo tras el llamado a conferencia de prensa en el lugar mencionado, Insurgentes No. 300 esquina Medellín.
“Desde el momento en que el Tribunal emite una orden de mantener las cosas en el estado en que se encuentran, en este caso al INVEA, para no clausurar, no retirar o llevar acabo operativo alguno. Si INVEA retira o coloca lonas de suspensión encima de la publicidad actualmente exhibida evidentemente estarían violentando el Estado de derecho, estarían intentando cometer una ilegalidad cuando ellos deberían ser los primeros en hacer valer las leyes y acatar las órdenes”, apuntó Pedro Cervantes.
Agregó que pese a contar con esta notificación, el INVEA pretendía llevar a cabo su operativo el 17 de noviembre de 2016 en el domicilio arriba mencionado para colocar una lona de suspensión de actividades desobedeciendo así lo ordenado por el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal.
De igual forma, el abogado Pedro Cervantes indicó que el 7 de noviembre de 2016 acudieron las verificadores del INVEA Luz Adriana López Galicia (coordinadora) y Tania Yaraith Márquez Sánchez (supervisora), al inmueble donde se encuentra colocado el espectacular de la empresa que representa para solicitar la documentación que sustenta la legalidad del anuncio.
“Acudieron verificadores que no cumplen con el procedimiento administrativo, que deben de traer un identificador visible y tampoco se identificaron con el abogado quién acreditó la documentación solicitada y al no tener sustento legal para realizar el retiro de la lona publicitaria la coordinadora se retiró y dejó que el operativo continuara para retirar la lona exhibida violentando así el Estado de derecho”, explicó.
Destacó, además, que se cuenta con acta de fe de hechos de lo sucedido en ese operativo el pasado 7 de noviembre, emitida por el corredor público Número 28, Eduardo Núñez Durán, donde se atestigua dicho retiro previo de la publicidad por parte del INVEA, aún y cuando se les presentó al momento del retiro una copia certificada de la resolución del tribunal con la suspensión mencionada.
Al respecto, Saúl Mendoza, asesor jurídico de la empresa Turismo Barey, S.A de C.V, resaltó: “El INVEA no es completamente parcial, es un órgano ejecutor porque su responsabilidad es velar por la legalidad de los anuncios y cuando se les demuestra fehacientemente que existen los documentos necesarios para la operación de un anuncio, no puede ser posible que los hagan a un lado por un interés político o económico”.
Pedro Cervantes anunció que presentarán un recurso de queja por el actuar corrupto y arbitrario de los servidores públicos del INVEA y una demanda administrativa ante la Fiscalía de Servidores Públicos del Distrito Federal en contra de quien o quienes resulten responsables por los atropellos cometidos.