México, 15 ene (PL) La primera Constitución de la Ciudad de México defenderá como un derecho público el servicio de agua a la población, según el artículo 21 aprobado por la Asamblea Constituyente que hoy alista esa Carta Magna.
Por 85 votos a favor y dos en contra, los constituyentes establecieron que los servicios públicos de agua y recolección y tratamiento de residuos sólidos no podrán ser privatizados.
Además decidieron el abastecimiento de agua sin cargo a las viviendas en zonas urbanas que carezcan de conexión a la red pública; también el establecimiento de tarifas diferenciadas y progresivas de acuerdo con el consumo
Las actividades económicas no podrán comprometer en ningún caso la satisfacción de las necesidades de uso personal y doméstico del vital líquido, señala el artículo.
También legislaron en torno a los cambios de uso de suelo, que serán regulados por el gobierno con la participación del Congreso en los casos de alto impacto
La ley establecerá sanciones penales para servidores públicos que otorguen permisos, licencias o autorizaciones cuyo contenido sea violatorio de las leyes o programas de ordenamiento territorial
En la agricultura se impedirá el uso de productos genéticamente modificados y se favorecerá el desarrollo de lo orgánico.
La Constitución procurará la construcción de vivienda adecuada para la población de menores ingresos, así como programas de reubicación de personas y familias de escasos recursos que habiten en zonas y edificaciones de riesgo.