TEPJF ordena fallo a favor de la consejera Claudia Carrillo Gasca
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Instituto Nacional Electoral (INE) iniciar una investigación en contra de consejeros del Instituto Electoral de Quintana Roo, que ejercieron violencia política de género en contra de su homóloga, la consejera Claudia Carrillo Gasca.
El caso tuvo origen el 31 de agosto de 2015 cuando Carrillo Gasca denunció a diversas autoridades electorales locales por violentarla luego de que se negó a la petición del magistrado presidente del Tribunal Electoral local, Víctor Vivas, para que en los comicios para renovar gubernatura de 2016 –como consejera electoral– apoyara a un partido político y a una coalición.
De acuerdo con el expediente, los actos intimidatorios consistieron en llamadas intimidatorias y correos electrónicos o mensajes de texto, desplegados en la prensa y, lo que ella consideró la reactivación indebida de una averiguación previa iniciada en su contra, así como la obstaculización de su labor como integrante de la Comisión transitoria de Igualdad entre Mujeres y Hombres.
Finalmente el pasado 18 de enero la Sala Superior del TEPJF ordenó al INE investigar a la consejera presidenta del instituto local, Mayra San Román Carrillo Medina y al consejero Juan Manuel Pérez Alpuche, así como a los representantes de los Partidos Revolucionario Institucional (PRI), Nueva Alianza (Panal) y del Trabajo (PT) en el Consejo General local.
También serán investigados el director de Organización; el director de Partidos Políticos y Radiodifusión; y el jefe de la Unidad Técnica de Comunicación Social del Instituto local, por conductas que supuestamente constituyen violencia política de género.
Al resolver el recurso SUP-JE-107/2016, promovido por la consejera por presuntas afectaciones a su derecho a ejercer el cargo con independencia y autonomía, la Sala Superior señaló que además se debe determinar la responsabilidad de magistrados y funcionarios del Tribunal Electoral de Quintana Roo, que también fueron denunciados.
Las conductas expuestas por la consejera Carrillo Gasca no se encuentran contempladas en el artículo 449 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LEGIPE) sobre infracciones a los servidores públicos, pero las magistradas y magistrados de la Sala Superior consideraron que esto no limita que los juzgadores colaboren en la investigación o puedan dar vista de los hechos a las autoridades competentes.
Fuente: Cimac noticias