La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró constitucional la imposición de fotomultas por infracciones de tránsito en la Ciudad de México.
La Segunda Sala determinó que la aplicación de las fotomultas no viola el derecho de audiencia como reclamó un quejoso.
Este es el primer pronunciamiento de la Corte sobre el tema, el cual solo había sido discutidos por jueces y magistrados federales, quienes tienen criterios encontrados sobre el particular.