Lo sustantivo es resolver no los números para cada candidatura inscrita para dicha elección, sino si es posible restablecer principios constitucionales que rigen toda elección, principalmente la de la certeza. Esa es la cuestión, señaló Carlos Sotelo García, coordinador Nacional de Militantes de Izquierda (MiZ), organización política aliada a AMLO y Morena.
Es decir que, detalló el también ex senador de la República, a la luz de los argumentos jurídicos votados por unanimidad de los integrantes de la Sala Superior del Tribunal Electoral, “dichos principios no se observaron por la autoridad electoral local y ello derivó en una duda razonable, fundada, para conocer con certeza el resultado final, real, de la contienda”.
Autoridades deficientes
El comunicado oficial del Tribunal Federal establece claramente que “la actuación de la autoridad electoral administrativa local fue deficiente y afectó los principios rectores en la materia, como son los de certeza, imparcialidad, independencia, legalidad, máxima publicidad y objetividad. Asimismo, señalaron que el actuar deficiente de la autoridad, las inconsistencias, falta de precisión y de claridad, no garantizan certeza respecto de los resultados de la elección de gubernatura de Puebla”, aseveró Sotelo García.
“Es decir que, con su inédita sentencia del pasado 19 de septiembre, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, se esgrime un argumento jurídico esencial, similar a la “causal abstracta” de cuando se anuló por vez primera una elección de una gubernatura, la ausencia de certeza en el cómputo ordinario de dicha elección”.
Me parece –dijo- que como pocas veces aplica el dicho popular de “para que no haya sorprendidos pues que no haya sorpresas”; ni debe haberlas para los interesados en la cuestión de la democracia en el país.
Argumentó que es pertinente recordar que en Puebla el Partido Morena ganó todas las elecciones de forma categórica. “Sólo de forma atípica se exceptuó la relativa a Miguel Barbosa pues ahí se ha venido documentando un sinnúmero de irregularidades por propios y extraños (resaltó el estudio presentado en la IBERO) que da sentido a la sentencia”.
Por último detalló: “El paso obligado, derivado del cumplimiento de la sentencia del Tribunal, será declarar su nulidad. Al tiempo”.