La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró improcedentes tres controversias constitucionales promovida por el INEGI contra la admisión a trámite de recursos de revisión por parte del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
Los recursos fueron interpuestos en contra de respuestas que el INEGI proporcionó a solicitudes de información formuladas por particulares a través de la plataforma nacional de transparencia.
En desacuerdo con la admisión de éstos, el Instituto promovió controversias constitucionales en las que alegó que el INAI invadió su competencia, así como su autonomía prevista en el artículo 26, apartado B, de la Constitución.
No obstante, la mayoría de ministros consideró que la controversia constitucional es improcedente contra los acuerdos de admisión de este tipo de recursos.
La controversia constitucional 9/2019 fue promovida por el INEGI en contra del INAI demandando la invalidez del auto de 26 de noviembre de 2018.