Ante la falta de una consulta previa, la Primera Sala de Justicia de la Nación (SCJN) otorgó un amparo a la comunidad rarámuri de El Trigo, en Chihuahua, con lo que se eliminan cuatro contratos de las mineras El Fresnillo y Coeur Mexicana para el uso de aguas del río Fuerte, desde 2016.
El proyecto aprobado por unanimidad fue elaborado por la ministra Margarita Ríos Farjat, en el que se estableció que era indispensable la realización de una consulta entre la comunidad afectada por el otorgamiento de las concesiones.
Se consideró que el gobierno federal tomó decisiones para autorizar la explotación industrial de la cuenca hidrológica del río Fuerte, lo que afectó directamente a la comunidad de El Trigo.
“Esta Primera Sala concluye que tanto el Decreto que modificó las zonas de veda de la Subregión Hidrológica del Río Fuerte como las concesiones reclamadas sí son susceptibles de afectar de forma directa a la comunidad indígena A, por lo que el Ejecutivo Federal tenía la obligación de consultarles de manera previa a su emisión y no lo hizo”, se estableció en el proyecto de la ministra Ríos Farjat.
Las concesiones otorgan a las mineras El Fresnillo y Coeur Mexicana la facultad de extraer hasta 270 mil metros cúbicos de agua para su actividad industrial, de las presas alimentadas por el río Fuerte, a pesar de la cueca está clasificada como “apenas suficiente” para satisfacer el consumo humano y el riego agrícola, lo que impactó a la comunidad rarámuri.
“Es susceptible de ocasionar una vulneración a su derecho colectivo al territorio indígena, pues al poder ser explotados por terceros sin limitaciones, pueden verse afectados en cómo conservan, cuidan y aprovechan los recursos del río Los Oteros y el río Fuerte —pertenecientes a la misma Región Hidrológica en que se permite ahora expedir concesiones para explotar de forma industrial el agua— e incluso, en cómo ejercen su vida espiritual”, se estableció en el proyecto aprobado en la Primera Sala de la SCJN.