En la revisión de la Cuenta Pública 2022, la Auditoría Superior de la Federación (ASF), reprobó a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), en cumplimiento y desempeño del Manejo de la Política de Calidad del Aire del Estado Mexicano.
La ASF destacó que de acuerdo al Programa Sectorial de Medio Ambiente y Recursos Naturales 2020-2024, un número importante de las zonas metropolitanas y ciudades del país exponen diariamente a sus pobladores a una mala calidad del aire, deteriorando su salud y condenando anualmente a miles a una inevitable muerte prematura.
Señaló que tan sólo en el Valle de México, Guadalajara y Monterrey, los altos niveles de partículas finas producen alrededor de dos mil 170 muertes prematuras cada año, y pese a ello, “los resultados de la fiscalización mostraron que, en 2022, la Semarnat no formuló una política nacional de calidad del aire que garantice la reducción de la concentración de contaminantes que afectan la salud de las personas y la productividad del ambiente en el Estado Mexicano”.
Indicó que a pesar de contar con el PROMARNAT 2020-2024, la Semarnat no estableció los objetivos, las metas, las estrategias y las acciones puntuales para mejorar la calidad del aire a nivel nacional.
Referente a los planes y programas estratégicos, se comprobó que, en 2022, la Semarnat no elaboró programas estratégicos anuales, y que los gobiernos de la Ciudad de México y de Jalisco no formularon programas de planeación estratégica de protección ambiental, lo que tuvo como consecuencia que el Estado Mexicano ejerciera sus procesos sin un modelo de planeación estratégica integral para mejorar la calidad del aire en las zonas metropolitanas y ciudades del país”, subrayó.
La Auditoría Superior de la Federación indicó que en relación a la evaluación del desempeño, la Semarnat no dispuso de un indicador para valorar los resultados en materia de calidad del aire, ni contó con instrumentos de medición que contribuyeran a la toma de decisiones de las autoridades ambientales y, con ello, a la consecución del objetivo de promover un entorno libre de contaminación del aire y garantizar el ejercicio pleno del derecho a un medio ambiente sano.
Además, se identificó que, en 2022, la Semarnat no instaló el Consejo Consultivo Nacional del Sector Ambiental, por lo que no existió un órgano de consulta que promoviera la participación de expertos para emitir opiniones en la formulación e implementación de la política ambiental federal; asimismo, se verificó que los Grupos Interdisciplinarios de Gestión de la Calidad del Aire no dispusieron de reglas o lineamientos de operación, lo que implicó que no fueron consistentes con su operación y que desarrollaran sus actividades de forma inercial”, manifestó.
En lo que respecta al “Programa Ambiental México-Estados Unidos, Frontera 2025”, la ASF, dijo que se verificó que en materia de calidad del aire no se contó con un marco normativo y de actuación que estableciera tramos de control en los programas ambientales binacionales que aseguren el aprovechamiento de los recursos técnicos, administrativos y económicos a favor de proteger el medio ambiente y la salud pública en la zona fronteriza.
Sin vigilancia en los estados
La ASF corroboró además que las 32 entidades federativas contaron con al menos una estación de monitoreo de la calidad del aire; “sin embargo, no existió una coordinación entre las unidades administrativas y dependencias que integran a la Semarnat para promover y vigilar el establecimiento y operación de los sistemas de las entidades federativas y los gobiernos locales”.
Por lo que se refiere al Inventario Nacional de Emisiones de Contaminantes Criterio, se identificó la falta de disposiciones administrativas suficientes y adecuadas para regular los procesos y procedimientos internos, “lo cual limitó la coordinación entre los tres órdenes de gobierno para la integración y actualización del inventario”.
No hay verificación vehicular
Como parte de la revisión de la cuenta pública 2022, también se verificó que 18 de las 32 entidades federativas no establecieron ni operaron programas de verificación vehicular y que la Semarnat no realizó acciones de promoción y vigilancia, lo que limitó el cumplimiento del objetivo de mantener el parque vehicular en circulación en la mejor condición ambiental posible.
En cuanto a los programas de contingencias ambientales, se corroboró que la Semarnat en el ámbito de sus atribuciones no tuvo un manual, lineamiento o disposición normativa que precisara el proceso para declarar las contingencias ambientales, ni tampoco con mecanismos para la coordinación con las entidades federativas y municipios.