La Corte Internacional de Justicia determinó que no procederá en el pedido de solicitud de medidas provisionales presentadas por México contra Ecuador tras el asalto a la embajada mexicana en Quito en abril pasado, indicando que «no existe un riesgo grave e irreparable» contra el Derecho Internacional.
«La Corte considera en forma unánime que las circunstancias, tal como se presentan ahora ante la Corte, no son tales que requieran el ejercicio de su facultad (…) de indicar medidas» provisorias, leyó el presidente del tribunal, el juez Nawaf Salam.
La CIJ afirmó que las seguridades otorgadas por Ecuador son por ahora suficientes para garantizar la inviolabilidad de la Embajada mexicana, dando tiempo al Estado Mexicano de retirar propiedad y su personal, y que no es procedente activar sus facultades bajo el artículo 41 del Estatuto de la CIJ.
“No existe ningún requisito previo más fundamental para el desarrollo de las relaciones entre Estados que la inviolabilidad de los enviados diplomáticos y las embajadas, de modo que a lo largo de la historia naciones de todos los credos y culturas han observado obligaciones recíprocas con ese fin”.
Además, reiteró el carácter fundamental de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y recordó que el fallo no incide en la decisión sobre la admisibilidad o los méritos del caso, que seguirán siendo estudiados por la CIJ.
En particular, “La institución de la diplomacia, con sus privilegios e inmunidades concomitantes, ha resistió la prueba de siglos y demostró ser un instrumento esencial para una eficaz cooperación en la comunidad internacional y para permitir a los Estados, la falta de respeto hacia sus diferentes sistemas constitucionales y sociales, para lograr el entendimiento mutuo y resolver sus diferencias por medios pacíficos”.
El pasado 5 de abril, fuerzas de seguridad de Ecuador invadieron la embajada de México en ese país y se llevaron bajo arresto al exvicepresidente ecuatoriano Jorge Glas, quien se encontraba en la legación diplomática con carácter de asilado. Días más tarde, México presentó ante la CIJ un pedido de medidas provisorias —que requieren trámite urgente por parte de la Corte— que exijan a Ecuador la protección de las instalaciones de la embajada y sus archivos.
En su escrito, México pide que Ecuador sea expulsado de Naciones Unidas en tanto no ofrezca una disculpa pública por estos hechos.
La demanda mexicana había solicitado el inicio de procedimientos contra Ecuador por «cuestiones jurídicas relativas a la solución de disputas internacionales por medios pacíficos y relaciones diplomáticas, y la inviolabilidad de una misión diplomática». Los dos países presentaron sus argumentos orales ante la CIJ el 30 de abril y el 1 de mayo, en La Haya.
En esas audiencias, México sostuvo ante la CIJ que la invasión armada a su embajada «debía tener consecuencias», y Ecuador alegó que ese asalto ocurrió en «circunstancias muy excepcionales». Ante la gravedad del episodio, México rompió sus relaciones con Ecuador, y retiró a su personal diplomático del territorio ecuatoriano.
Jorge Glas continúa bajo arresto, aunque México reivindica que aún goza del estatus de asilado. Ecuador sostiene que la concesión del asilo a Glas por parte de México fue ilegal, ya que se trata de un acusado por la justicia común.