Todo quien encubra a un posible delincuente podría ser acreedor a una sanción 

Debido a que el encubrimiento no sólo prolonga el sufrimiento e impunidad, la diputada Leonor Gómez Otegui propuso eliminar de las leyes cualquier instrumento que pueda ser utilizado por las personas para esquivar la justicia, a través de la ocultación de los delincuentes.

A través de una iniciativa propuso derogar el Artículo 321 del Código Penal para el Distrito Federal, toda vez que éste establece las circunstancias por las que una persona no puede ser sancionada al ocultar a un posible infractor.

“Al excluir a ciertos individuos con vínculos emocionales…, se crea un vacío legal que puede ser aprovechado para obstaculizar procesos judiciales y proteger a los responsables de delitos, lo que deriva en que la víctima o víctimas no tengan un verdadero acceso a la justicia; por lo tanto, derogar el encubrimiento de los padres, cónyuges, concubinos o descendientes en el Código Penal para el Distrito Federal, puede ser un paso importante para garantizar que las leyes se apliquen de manera justa y equitativa, sin que las relaciones familiares interfieran en la justicia”, subrayó.

Gómez Otegui explicó que su propuesta también reforma el Artículo 321 Bis del Código Penal local, que propone una sanción de 2 a 8 años de prisión y de 500 a mil días de multa para cuando el delito que sea encubierto sea por homicidio de padres a hijos, feminicidio, transfeminicidio o de índole sexual.

Explicó que la iniciativa nace de cientos de casos públicos en donde la víctima se encuentra con obstáculos en la impartición de justicia, debido a que el presunto delincuente se encuentra prófugo, gracias a las facilidades que encuentra en familiares, amigos, pareja o su abogado para escapar.

Por ello presentó una iniciativa para derogar el Artículo 321 y se reforma el artículo 321 Bis del Código Penal para el Distrito Federal, la cual fue turnada a la Comisión de Administración y Procuración de Justicia en el Congreso de la Ciudad de México.