Las escuelas públicas de educación básica que decidan incorporarse al Programa Escuelas de Calidad para el Ejercicio Fiscal 2015, recibirán apoyos técnicos y financieros, a fin de reorientar sus estrategias y acciones para contribuir al cumplimiento del mandato constitucional en materia de autonomía de la gestión escolar.
En este programa de cobertura nacional, podrán participar aquellos planteles de educación básica en las 32 entidades federativas que decidan participar voluntariamente, a través de una carta compromiso.
De acuerdo con las reglas de operación del citado programa, publicadas este viernes en el Diario Oficial de la Federación, las autoridades educativas locales determinarán los mecanismos para que las escuelas beneficiadas financieramente dispongan de una aportación inicial.
Este monto se definirá en función de una fórmula de distribución de recursos por escuela transparente y equitativa que se indicará en la convocatoria del Programa en la entidad federativa correspondiente.
El monto total de la dispersión de los recursos será por cada tres pesos federales se dispersarán al menos un peso de recurso estatal. El monto del recurso estatal será dispersado para el apoyo financiero a las escuelas y para el fortalecimiento de los consejos técnicos escolares y de la supervisión.
La Autoridad Educativa Local informará a la Dirección General de Desarrollo de la Gestión e Innovación Educativa adscrita a la Subsecretaría de Educación Básica, de la SEP la dispersión realizada correspondiente a la aportación inicial con fecha límite el 3 de noviembre de 2015, y la correspondiente a la contrapartida, a más tardar el 31 de enero 2016.
La fórmula de distribución deberá considerar dos componentes, equidad y calidad, se tomará en cuenta el número de alumnos por escuela, a mayor número mayor será la proporción del recurso asignado.
En cuanto al componente de calidad se harán acreedoras aquellas escuelas que hayan mejorado los resultados educativos de sus alumnos a partir de indicadores como logro educativo, aprobación, retención y eficiencia terminal, comparando los resultados de 2013-2014 con respecto al ciclo escolar 2012-2013.
Adicionalmente a la aportación inicial, se otorgará una contrapartida de hasta un peso por cada peso que logren reunir las escuelas beneficiadas, de aportaciones de los gobiernos municipal o delegacional, de madres y padres de familia o tutores.
Asimismo de donaciones de organizaciones de la sociedad civil, y en general, de cualquier instancia de la sociedad que realice dichas donaciones, en especie o en efectivo. El monto de la contrapartida no podrá exceder los 50 mil pesos.
Tendrán prioridad para la incorporación al Programa las escuelas ubicadas en localidades de alta y muy alta marginación conforme al índice determinado por el CONAPO los servicios de educación indígena y migrante.
No podrán recibir apoyos financieros del Programa aquellas escuelas que sean beneficiarias de los Programas de la Reforma Educativa o Escuelas de Tiempo Completo. Sin embargo, estas escuelas podrán ser beneficiarias del Programa Escuelas de Calidad y recibir los apoyos técnicos que este proporcione.
En un segundo acuerdo, se modifican los lineamientos de operación del Programa Escuelas de Excelencia para abatir el rezago educativo, emitidos mediante diverso número 05/06/14, y publicado en DOF el 18 de junio pasado.
El presente acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
La Secretaría de Educación Pública emitirá el Esquema simplificado para el ejercicio y comprobación de recursos al que se refiere el inciso l) del numeral 3.1 de los Lineamientos de operación a que alude el presente Acuerdo, en el transcurso de los 30 días hábiles siguientes a la publicación del mismo.
Las acciones desarrolladas de manera mancomunada por el Consejo Escolar de Participación Social y el Director de las escuelas participantes, con anterioridad a la fecha de publicación del presente Acuerdo, se entenderán como ejercidas por la comunidad escolar.
En tanto, las modificaciones realizadas mediante el presente Acuerdo aplicarán para efectos de ejercicio y comprobación de los recursos. Ello, en el marco de los Lineamientos de Operación del Programa Escuelas de Excelencia para abatir el Rezago Educativo.