El día de hoy la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) declaró procedente la medida cautelar solicitada por el Partido Acción Nacional (PAN) en contra del Presidente de la República, por la difusión de promocionales en radio y televisión del Segundo Informe de Gobierno al transmitirse fuera de la temporalidad prevista en la legislación.
Se requirió a la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos (DEPyPP) y, de la información proporcionada, se advirtió que todavía al pasado 11 de septiembre quince concesionarias de radio y televisión continuaban difundiendo promocionales alusivos a dicho informe, estando fuera de la temporalidad permitida por la Ley General de Comunicación Social, ya que ésta debió ocurrir sólo del 31 de agosto al 6 de septiembre.
Por tanto, se mandató al Director General de Radio, Televisión y Cinematografía para que, en un plazo no mayor a seis horas, ordene a las concesionarias de radio y televisión a que dejen de transmitir y se abstengan de difundir los promocionales; de igual forma, se instruyó a la DEPyPP, realizar las acciones necesarias para informar a los concesionarios de radio y televisión eviten la difusión de los referidos promocionales.