No pueden partidos políticos promover revocación de mandato

México, 4 feb (Prensa Latina) La veda informativa para revocación de mandato presidencial cuya consulta se realizará el 10 de abril, comenzó hoy para partidos políticos, funcionarios, dirigentes y prensa, recordó la Suprema Corte de Justicia (SCJN) de México.


Aclaró que los institutos políticos tendrán el derecho a nombrar representantes en casillas, pero no podrán promover la participación ciudadana en el proceso de revocación de mandato, y se abstendrán de aplicar los recursos derivados del financiamiento público, para tal fin.


La SCJN refrendó su papel como Tribunal Constitucional de México. Nuestro compromiso es con la Constitución no con la tribuna, señaló.

Arturo Zaldívar, magistrado presidente de la máxima instancia judicial.


En cuanto a la invalidez de la pregunta que se hará a la ciudadanía, cuestionada por el Gobierno por ser muy enrevesada y pasible de mala interpretación a la hora de votar, los ministros de la Corte no alcanzaron la mayoría calificada para modificarla y se mantiene en especial la parte en la que se plantea al ciudadano si desea que el presidente continúe su mandato, por ello es que se desestimó la Acción de Inconstitucionalidad y quedará tal cual se aprobó en la Cámara de Diputados.


Con el debate quedaron resueltas en definitiva todas las impugnaciones derivadas de la Ley de Revocación de Mandato. Al respecto, el ministro presidente Zaldívar destacó la autonomía e imparcialidad de la Suprema Corte.


Al resolver este asunto de tanta trascendencia política, esta Suprema Corte confirma una vez más su independencia. Para cualquier observador imparcial y objetivo puede ver que a lo largo de este asunto se dieron votaciones diferenciadas, dijo Zaldívar.


Sobre la mayoría calificada que no se logró esta semana para modificar la pregunta, pues sólo se consiguieron 7 de los 8 votos necesarios luego de que 4 ministros sufragaran en contra, entre ellos el propio Zaldívar, defendió y justificó el voto diferenciado.


Yo he manifestado por escrito e incluso en sesiones del Pleno que no me parece una buena fórmula la mayoría calificada para invalidar normas de carácter general y que hasta donde sé somos el único tribunal constitucional del mundo con esta peculiaridad, expresó.


Pero hasta donde esa norma sea constitucional, agregó, es la que rige los trabajos de esta Suprema Corte y las y los ministros tenemos todo el derecho y la obligación de interpretar la constitución a la luz de nuestros conocimientos y nuestras convicciones.


Sobre el tema del presupuesto del Instituto Nacional Electoral para la organización de la consulta de Revocación de Mandato, dos ministros defendieron el razonamiento del instituto, pero al no haber suficiencia financiera esta no podía ser causa para no llevar a cabo el proceso constitucional.