Turnan a Comisión de Gobernación solicitudes para desaparecer Poderes en Guerrero y Guanajuato

La Mesa Directiva turnó a la Comisión de Gobernación las solicitudes que presentaron integrantes del Grupo Parlamentario del PAN y la senadora Antares Vázquez Alatorre, de Morena, para que el Senado ejerza su facultad constitucional en materia de desaparición de poderes en Guerrero y Guanajuato.

En el primer asunto, la Presidencia de la Mesa Directiva dio cuenta de la solicitud suscrita por el Grupo Parlamentario del PAN, para que la Cámara de Senadores ejerza la facultad que le confiere la fracción V del artículo 76 constitucional en materia de desaparición de poderes en el estado de Guerrero.

Además, informó sobre la solicitud suscrita por Vázquez Alatorre, para que el Senado conozca y determine que sea configurada la desaparición de poderes en Guanajuato, y realice la declaratoria de que debe nombrarse un gobernador provisional.

La senadora Alejandra Noemí Reynoso Sánchez, de Acción Nacional, aseveró que la propuesta de desaparición de poderes en Guanajuato carece de argumentos y sólo se trata de una venganza contra los adversarios políticos del partido mayoritario. Además, denunció que los gobiernos de Morena son los peores calificados en materia de seguridad.

Vázquez Alatorre, en tanto, presentó la petición para que desaparezcan los poderes en Guanajuato, “por abandono de funciones del gobernador de la entidad, del Congreso del estado y de su Poder Judicial”, expresó.

Ello, apuntó, ante una crisis extrema de derechos humanos y violencia en dicha entidad federativa.

El senador del PRI, Manuel Añorve Baños, dijo que en Guerrero se requiere crear una mesa de diálogo y pacificación del estado, que la presida la gobernadora y en la que participen todos los partidos políticos, a fin de buscar la paz para la entidad.

Miguel Ángel Mancera Espinosa, senador del PRD, advirtió que la desaparición de poderes es algo muy serio, porque no sólo se trata de desaparecer al Ejecutivo, sino a los tres poderes de un estado; por eso la Constitución y la Ley Reglamentaria precisan con claridad el procedimiento.