El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) obligó a los partidos políticos a postular a mujeres como candidatas en siete de las 15 gubernaturas que se disputarán en 2021.
El Tribunal publicó casi a la medianoche del miércoles su sentencia sobre paridad de género, al resolver recursos de apelación acumulados que presentaron el PAN, el Senado de la República y el Partido Baja California, así como terceras interesadas.
En la resolución, la instancia electoral ordenó a los partidos que informen a más tardar el 30 de diciembre al Instituto Nacional Electoral (INE) las entidades donde presentarán a mujeres y las ocho en las que van varones.
La resolución apareció nueve días después de que fue adoptada por la Sala Superior del Tribunal.
Según el fallo, el Tribunal “revoca el acuerdo impugnado”, es decir, el adoptado por el Consejo General del INE (CG569/2020), por el cual se ordenaba a los partidos designar a siete mujeres como candidatas a gubernaturas.
El Tribunal resaltó que el INE carece de competencia para implementar medidas para lograr la paridad de género en la postulación de candidatas.
Sin embargo, la máxima instancia electoral resolvió vincular a los partidos a la obligación de que, en la postulación de candidaturas a las gubernaturas del actual proceso, “hagan efectivo el principio de paridad”.
El Tribunal reconoció, no obstante, que carece de base legal para establecer de manera directa las normas que deben regir en materia de paridad de género en la postulación de tales candidaturas.
De igual forma, el TEPJF vinculó al Congreso de la Unión y a los congresos locales a regular la paridad de género en la materia, “antes del inicio del próximo proceso electoral de manera inmediata al proceso 2020 – 2021”.
El TEPJF consideró que el INE invadió la competencia para fijar normas en materia de paridad en la renovación de las gubernaturas, como reclamó el Senado, porque tal decisión corresponde a las autoridades estatales.
También consideró que la autoridad electoral nacional sustituyó a los legisladores locales al imponer disposiciones en un ámbito que se encuentra reservado a las legislaturas estatales.